SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1270/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1270/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

II.7.

II.7.  El 9 de mayo de 2016, mediante representación GSL-005/2015, la Procuradora de Servicios Legales de la Contraloría General del Estado, y el Supervisor de la Gerencia de Servicios Legales de la citada entidad, representaron que se pretendió notificar a la Empresa accionante con la Resolución CGE/030/2016 y copias del Informe de Auditoría Complementario EX/EP13/G06 C5, más los anexos 1 y 2, así como el cuadro resumen de responsabilidades e Informe Legal LX/XP05/D12; empero el 27 de abril de 2016, constituidos en el domicilio del representante legal de la aludida Empresa accionante, les informaron que éste no se encontraba; y, les señalaron que regularmente permanecía en un Hotel del cual era propietario; sin embargo, al presentarse en el lugar indicado, de forma reiterativa, las veces que fueron se les informaba que el aludido representante no se encontraba. Añaden que el 5 de mayo de 2016, finalmente se encontraron con el indicado representante; empero, se rehusó a recibir la documentación y notificarse, atribuyendo su decisión a un consejo de su abogado, quien le dijo que no debía notificarse hasta el 11 del mismo mes y año. Finalmente indicaron que el representante legal de la Empresa mencionada, el 6 de mayo de 2016, se había apersonado por dependencias de la Contraloría General del Estado, ocasión en la que también se intentó notificarlo, rehusándose a notificarse, argumentando que la documentación no estaba foliada y “…que él no había solicitado copias legalizadas…” (sic) (fs. 542 a 543).