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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1332/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1332/2016-S2

    Fecha: 16-Dic-2016

    II.5.

    II.5.  Conforme se señala en la diligencia de notificación de 24 de junio de 2016, se realizó la notificación a horas 15:53 a José Mario Serrate Paz representante de TELECEL S.A., con la Sentencia 105/2016 y voto disidente de 30 de marzo de 2016, mediante cédula fijada en Secretaría de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (fs. 46).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • antes de la ejecutoria de la sentencia
    • 1)
    • i)
    • concedió parcialmente
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Principio de subsidiariedad que rige la acción de amparo constitucional
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal, para la protección inmediata de los derechos y garantías, restringidos, suprimidos o amenazados
    • los recursos constitucionales
    • III.2.  Marco normativo constitucional y legal de la acción de inconstitucionalidad concreta
    • Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en todo

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