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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1457/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1457/2016-S3

    Fecha: 08-Dic-2016

    II.1.

    II.1.  Consta Resolución 1 de 16 de julio de 2015, dictada por el Tribunal de Sentencia Penal Decimoprimero de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora demandados-, por el cual se declaró la improcedencia de la solicitud de cesación a la detención preventiva del acusado José Santos Gutiérrez Cabero -ahora accionante- manteniendo concurrentes los riesgos procesales contenidos en los arts. 234.10; 235.1 y 2 del CPP (fs. 36 a 37 vta.).

    • acción de libertad
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III.1.  Sobre la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • 2)
    • 3)
    • ii)
    • iii)
    • iv)
    • v)
    • art. 234.10 del CPP
    • Ahora bien, conocidos los agravios expuestos por el apelante -ahora accionante- contra la Resolución 1/2015 y los fundamentos desarrollados por las autoridades demandadas mediante el Auto de Vista 212/2015, corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento sobre los aspectos cuestionados por el accionante en la presente acción de libertad, en el siguiente orden:
    • III.4.  Otras Consideraciones
    • CONFIRMAR

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