Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1457/2016-S3
Fecha: 08-Dic-2016
III.2. Análisis del caso concreto
Conocida la problemática venida en revisión, con carácter previo, corresponde aclarar que el análisis de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se circunscribirá al Auto de Vista 212/2015, emitido por el Tribunal de alzada -ahora demandado-, quien tuvo la oportunidad de reparar la presuntas vulneraciones en las que hubiera incurrido el Tribunal de Sentencia Penal Decimoprimero de la Capital del departamento de Santa Cruz al emitir la Resolución 1/2015 -hoy demandado- (Conclusión II.1).
- acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.1. Sobre la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- art. 234.10 del CPP
- Ahora bien, conocidos los agravios expuestos por el apelante -ahora accionante- contra la Resolución 1/2015 y los fundamentos desarrollados por las autoridades demandadas mediante el Auto de Vista 212/2015, corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento sobre los aspectos cuestionados por el accionante en la presente acción de libertad, en el siguiente orden:
- III.4. Otras Consideraciones
- CONFIRMAR