Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2016
Fecha: 01-Feb-2016
Fragmento 16
Esta ciclicidad es la base para entender los patrones culturales de los pueblos andinos en la comprensión de las experiencias cotidianas que viven y se transmiten de generación a generación. Entonces, el recorrido de esta vida cíclica denominados “nayra pacha” (tiempo de antes), “jichha pacha” (tiempo del ahora), “qhipa pacha” (tiempo de después) y “wiñay pacha” (tiempo eterno), en la cosmovisión de las naciones y pueblos indígena originario campesinos es la base para entender el destino o encauce existencial de sus elementos coexistentes. En esta comprensión se recorre un camino cíclico (circular-espiral) no por un sendero lineal como ocurre en la visión occidental.
- I.1. Cosmovisión y lengua
- I.2. Territorio y estructura de autoridades
- I.3. Economía y producción
- II.1. Descripción de los hechos
- a)
- 1)
- II.2. La
- II.3. Naturaleza y contenido de la consulta
- Identificada la norma objeto de la consulta aplicable a un caso concreto, habrá que plantearse si se trata de una cuestión de carácter jurisdiccional
- cuando menos contendrá
- la función jurídica se abrirá a los cambios, la vieja institucionalidad que muchas veces actuó bajo los mandatos de la impunidad será transformada bajo los principios del pluralismo jurídico (…) dicho de otra forma, ‘descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia’ (…)
- Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social para consolidar las identidades plurinacionales
- vida en plenitud’
- III.3. El principio del qhapaq ñan (camino o vida noble)
- III.4. La ciclicidad del tiempo y espacio en la cosmovisión andina
- Fragmento 16
- III.5. El vivir bien se encuentra atrás y se llega por el camino cíclico (kuti pacha)
- III.6. Retorno al qhapaq ñan (camino vida noble)
- III.7. Derechos de las Naciones y Pueblos Indígenas Originarios Campesinos
- a la libre determinación y territorialidad
- IV.RESPONDIENDO A LA CONSULTA SOBRE LA APLICACIÓN DE SU NORMA A UN CASO CONCRETO
- MAGISTRADO