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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2016
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2016

    Fecha: 11-Feb-2016

    I.2. Admisión y citaciones

    Por AC 0432/2013 de 1 de noviembre, cursante de fs. 18 a 22, la Comisión de Admisión de este Tribunal, admitió la acción de inconstitucionalidad abstracta y ordenó poner a conocimiento de Álvaro Marcelo García Linera, Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, como personero de dicho Órgano que generó las normas jurídicas impugnadas, a objeto de su apersonamiento y

    • acción de inconstitucionalidad abstracta
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Admisión y citaciones
    • a)
    • 1.4 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA
    • Artículo 3.- (TRANSITORIEDAD DE LOS CARGOS DEL PODER JUDICIAL Y DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL).
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El deber constitucional de proteger el ejercicio de derechos y garantías fundamentales en el marco del Estado Constitucional de Derecho del Vivir Bien
    • 1)
    • 4)
    • i)
    • III.2. La atribución del Consejo de la Magistratura en materia disciplinaria
    • Fragmento 14
    • ‘El Consejo de la Magistratura es la instancia responsable del régimen disciplinario de la jurisdicción ordinaria,
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Artículo 187. FALTAS GRAVES.
    • faltas
    • Artículo 188. FALTAS GRAVÍSIMAS.
    • Artículo 45. NÚMERO.
    • 2°
    • 3°

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