SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0022/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0022/2016

Fecha: 16-Feb-2016

b)

Excepcionalmente, debido a factores de producción de prueba, complejidad o gravedad del caso, el plazo previsto podrá ser prorrogado a otros diez días hábiles más a objeto de producir los medios probatorios circunstanciales. Esta prórroga deberá computarse al vencimiento del plazo de los cinco días.

b) Dentro de diez días hábiles posteriores a la citación con el Auto de Inicio de Sumario Disciplinario a la parte denunciada; se señalara fecha y hora de audiencia de conformación del Tribunal Disciplinario. El Juez Disciplinario y su personal de apoyo, sortearán del Padrón Electoral Departamental a doce ciudadanos que cumplan las condiciones previstas en los artículos 57 y 58 del Código de Procedimiento Penal, quienes serán notificados personalmente con el referido señalamiento de audiencia. Este actuado procesal también se pondrá en conocimiento de los sujetos procesales.