SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016-S2

Fecha: 22-Feb-2016

Fragmento 19

           Tomando en cuenta que, los representantes de la entidad accionante, denuncian en lo esencial, la vulneración del debido proceso, en sus elementos de una debida fundamentación, motivación y congruencia, que hubieran sido transgredidos por los Magistrados demandados, en la emisión del Auto Supremo 072, que declaró infundado el recurso de casación deducido por el SENASIR, contra el Auto de Vista 309/2010, que determinó el reconocimiento de la renta de vejez a favor del asegurado, Enrique Flores Arce, con carácter retroactivo; es decir, a partir de enero de 2002, manteniéndose por ende, incólume dicha decisión; corresponde referir la jurisprudencia constitucional desarrollada sobre el particular, a fin de posteriormente, verificar si efectivamente, las autoridades judiciales demandadas, violaron o no, los derechos fundamentales y garantías constitucionales, invocados en la demanda tutelar.