Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2016-S2
Fecha: 22-Feb-2016
acción de protección de privacidad
En revisión la Resolución 023/2015 de 4 de noviembre, cursante de fs. 365 a 370, pronunciada dentro de la acción de protección de privacidad interpuesta por Hernán Vásquez Parada contra Edgar Ramiro Téllez Téllez, Comandante General, Esteban Pereyra Sánchez, Fiscal General Policial, Orlando Gregorio Lafuente Guardia, Director General de Investigación Policial Interna, David Pascual Chávez Arias, Director Departamental Policial Interna, Marco Antonio Miranda Zamorano, ex Director Departamental Policial Interna, Faustino Mendoza Arze, Fiscal Departamental Policial y Vanderley Emerson Flores Mercado, ex Fiscal Departamental Policial, todos de la Policía Boliviana.
- acción de protección de privacidad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- que crea estar indebida o ilegalmente impedida de conocer, objetar u obtener la eliminación o rectificación de los datos registrados por cualquier medio físico, electrónico, magnético o informático, en archivos o bancos de datos públicos o privados
- a objetar u obtener la eliminación o rectificación de éstos
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de protección de privacidad
- recae en la persona natural o jurídica propietaria o responsable de la obtención y administración de los datos o registros contemplados en los bancos de datos.
- Fragmento 15
- III.3. Sobre los alcances de la acción de protección de privacidad
- Excluir la información sensible
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1.
- Fragmento 20
- III.4.2.
- CONFIRMAR en todo