Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2016-S2
Fecha: 22-Feb-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante refiere que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos a la intimidad, honra, honor, reputación y privacidad, toda vez que se negaron atender su solicitud de eliminación del registro de la base de datos respecto a las denuncias contra su persona que se encuentren archivadas o con resolución de rechazo, los cuales no responden a la realidad y que ocasionaron que la Encargada de la Secretaria Técnica Jurídica y el Encargado de la Base de Datos efectúen un informe en el que hacen conocer la existencia de casos aperturados en su contra, por lo que se ordenó que se replegué al Comando Departamental de su distrito, destituyéndosele del cargo de Fiscal Policial.
- acción de protección de privacidad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- que crea estar indebida o ilegalmente impedida de conocer, objetar u obtener la eliminación o rectificación de los datos registrados por cualquier medio físico, electrónico, magnético o informático, en archivos o bancos de datos públicos o privados
- a objetar u obtener la eliminación o rectificación de éstos
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de protección de privacidad
- recae en la persona natural o jurídica propietaria o responsable de la obtención y administración de los datos o registros contemplados en los bancos de datos.
- Fragmento 15
- III.3. Sobre los alcances de la acción de protección de privacidad
- Excluir la información sensible
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1.
- Fragmento 20
- III.4.2.
- CONFIRMAR en todo