SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2016-S1

Fecha: 17-Feb-2016

sino que debe construirse

         Ahora bien, a partir del nuevo modelo de Estado, instituido por la Constitución de 2009, se entiende que vivimos un proceso de construcción de un nuevo derecho boliviano, que lleva implícita la características de: Constitucional, plurinacional, comunitario e intercultural; por lo que la transformación a este paradigma de Estado, no únicamente puede encontrarse escrito en la Constitución, sino que debe construirse y en dicha labor, los jueces y administradores de justicia, gozan de un papel primordial pues sus decisiones cotidianas son las llamadas a transfigurar el anterior modelo monísta de Estado, para materializar un Estado constitucional de derecho plurinacional e intercultural, trastocado por la unidad.

         En tal contexto, la primacía de la Constitución, implica también que dentro de la tarea interpretativa de los administradores de justicia, existe primacía absoluta de sus principios, valores y normas, como fundamento de toda determinación que asuman al momento de resolver una problemática, pues no sólo están llamados a contrastar la conducta y la norma, sino que su juicio debe extenderse a las normas, los principios y el valor axiológico de la Norma Suprema, para irradiar su contenido en toda acción del poder público y en la propia convivencia social.