Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2016-S3
Fecha: 12-Feb-2016
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) Se revoque la Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR; y, b) Se ordene a dicha Comisión que expida un nuevo fallo determinando el pago de la renta de viudedad por el periodo de octubre de 2009 a junio de 2014, sea sobre la renta mensual de Bs3 752,50.- (tres mil setecientos cincuenta y dos 50/100 bolivianos), más los incrementos de ley y otros derechos sociales como ser aguinaldos por su condición de beneficiaria de la renta de viudedad al fallecimiento de su esposo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 6
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el derecho a una vejez digna.
- previstos en el Código de Seguridad Social y otras normas específicas.
- a partir de la fecha del retiro del trabajador
- a partir del mes siguiente a la fecha de retiro del trabajador
- fecha de la solicitud el día de la presentación del o de los documentos que falten
- una vida digna de manera pronta y oportuna
- III.2. Análisis del caso concreto
- a partir del mes siguiente de haberse resuelto el derecho de la recurrente mediante Auto Vista N° 292/2014, de fecha 10 de junio