SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
II.4.
II.4. Carta notariada suscrita por Milton Claros Hinojosa, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, de 30 de septiembre de 2015, dirigida a Yingying Yao representante legal de la empresa “CHINA CAMC ENGINEERING CO LTD. BOLIVIA BRANCH”; por la cual, en atención a las recomendaciones realizadas informes especiales 4 Segunda intención de Resolución emitido por la Supervisión Técnica Construcción vía Férrea Montero Bulo Bulo INF. MPOSV/VMT/DGTTFL 0763/2015 de 25 de septiembre e informe jurídico MOPSV – DGAJ 933/2015 de 28 de septiembre de 2015, se hace conocer la intención de resolución del contrato administrativo de obra, por haber incurrido en las causales determinadas en la Cláusula Vigésima Segunda numeral 22.2, subnumeral 21.2.1 f) “por incumplimiento injustificado del Cronograma de Ejecución de Obra sin que el CONTRATISTA adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión de la obra dentro del plazo vigente” y “g) Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de las especificaciones o de instrucciones escritas del SUPERVISOR y aprobación del FISCAL”; nota recepcionada por la Empresa ahora accionante, el 1 de octubre de 2015 (fs. 90) .
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- 1)
- III.1. La resolución del contrato administrativo de pleno derecho y los medios de impugnación: El caso concreto y las reglas aplicables en el procedimiento.
- A solo requerimiento de la entidad, el importe de las garantías citadas anteriormente será ejecutado en caso de incumplimiento contractual
- 22.4 Reglas aplicables a la Resolución:
- ENTIDAD
- CONTRATISTA
- SUPERVISOR
- abriéndose la vía judicial correspondiente para el control de legalidad ante su quebrantamiento
- III.2.1. Sobre la resolución del contrato administrativo
- no puede ser la vía para exigir el cumplimento de contratos civiles, administrativos o comerciales, pues a la jurisdicción constitucional
- los conflictos suscitados durante la ejecución de un contrato o la denuncia sobre resolución del mismo sin
- III.2.2. Sobre el recurso de revocatoria y la suspensión de la ejecución de boletas de garantías
- las normas de aplicación exclusiva a los procesos de contratación por licitación pública, contratación por concurso de propuestas y contratos administrativos de adquisición de bienes y servicios, son las contenidas en las NB-SABS
- que cuando la resolución sea por causales imputables al CONTRATISTA, se consolide a favor de la ENTIDAD la garantía de Cumplimiento de Contrato
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR