SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

III.2.2. Sobre el recurso de revocatoria y la suspensión de la ejecución de boletas de garantías

La empresa como otro argumento que sustenta su acción tutelar y la vulneración a sus derechos y garantías constitucionales, específicamente en cuanto al debido proceso y al derecho a la defensa, señala que el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda no podía solicitar a los bancos que afianzaron a la empresa procedan a ejecutar las boletas de garantías, entre tanto no se hubiera resuelto el recurso de revocatoria, que fue planteado observando los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo y su Decreto Reglamentario.