SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2016-S3

Fecha: 29-Feb-2016

II.8.

II.8.  Mediante Auto de Vista 10 de 18 de febrero de 2015, Gina Luisa Castellón Ugarte y Ever Richard Veizaga Ayala, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -hoy autoridades demandadas- resolvieron declarar procedente el recurso de apelación incidental formulado por Wilge Gualberto Sejas Mercado, y revocar el Auto de 12 de agosto de 2014, rechazando la excepción de falta de acción interpuesta por los querellados Margarita Parra Sejas -ahora accionante-, Josefina Villazón Parra e Isidoro Soliz Guzmán, disponiendo en consecuencia, la prosecución de la causa hasta su conclusión (fs. 424 a 428 y 444 a 448). Este Auto de Vista le fue notificado a la accionante el 26 de marzo de 2015 (fs. 429).