Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2016-S3
Fecha: 29-Feb-2016
III.
La accionante denuncia que los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la “seguridad jurídica”; toda vez que, emitieron el Auto de Vista 10, por el cual decidieron revocar el Auto de 12 de agosto de 2014, que admitió en su favor la excepción de falta de acción por impersonería del querellante, señalando que la observación a la personería del referido debió ser opuesta mediante objeción de querella.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- en sentido abstracto
- En sentido concreto
- acción
- CONFIRMAR