Los suscritos Magistrados manifiestan su disconformidad con los fundamentos contenidos en la SCP 0033/2016 de 3 de marzo, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados manifiestan su disconformidad con los fundamentos contenidos en la SCP 0033/2016 de 3 de marzo, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:

Fecha: 03-Mar-2016

Sobre los arts. 9 y 10

Sobre los arts. 9 y 10, cabe manifestar que al establecer requisitos a los miembros y representantes legales de las organizaciones religiosas y espirituales para que su trámite de personería jurídica continúe, se ingresa al interior de las mismas, estableciéndose tales presupuestos que son análogos a los exigidos para el ingreso a la función pública, cuando el caso concreto trata de asociaciones de la sociedad civil, debiendo ser los mismos declarados inconstitucionales al igual que el art. 25 que determina causales de revocatoria de su personalidad jurídica.