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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2016
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2016

    Fecha: 01-Mar-2016

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    • conflicto de competencias jurisdiccionales
    • I.1.  Alegaciones del Consejo de Justicia (Jach’a Kamachinak Apnaqueri Amawtanaka) de la comunidad originaria Vilaque Huaripampa, Primera Sección Pucarani de la Provincia Los Andes
    • I.2.  Alegaciones de la Fiscal de Materia adscrita a la provincia Los Andes
    • I.3.  Alegaciones de la empresa minera “Puerta del Sol S.R.L”.
    • I.4.  Alegaciones del Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz
    • I.5.  Admisión
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la indígena originaria campesina
    • III.2. Ámbitos de vigencia para la aplicación de la jurisdicción indígena originaria campesina
    • Fragmento 19
    • III.2.2. Ámbito de vigencia personal
    • a)
    • b)
    • c)
    • III.2.3. Ámbito de vigencia territorial
    • 2)
    • III.3. La garantía del debido proceso y el juez natural como límite a la jurisdicción indígena originaria campesina
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • III.3.1.
    • III.3.2.
    • Consejo de Justicia Jach’a Kamachinak Apnaqueri Amawtanaka de la comunidad originaria Vilaque Huaripampa, primera sección Pucarani de la provincia Los Andes
    • el reconocimiento de derechos colectivos como naciones y pueblos indígena originario campesinos, responderá a la concurrencia de cualquiera de los elementos de cohesión colectiva
    • III.3.3.
    • COMPETENTE

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