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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2016-S2

    Fecha: 23-Mar-2016

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    • acción de
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Alcance del debido proceso y la motivación y fundamentación como uno de sus componentes
    • III.2.  Tutela judicial efectiva
    • III.3.  Principio de verdad material y prevalencia del derecho sustancial sobre el formal
    • III.4.  L
    • Por consiguiente, la excepción de extinción de la acción penal por prescripción debe ser de previo y especial pronunciamiento
    • Fragmento 17
    • III
    • acción de amparo constitucional
    • de forma posterior a la emisión del Auto Supremo
    • acción de libertad
    • revocando en consecuencia la Resolución del Juez de garantías, y denegando la tutela
    • cuando se interpone una excepción dentro de un determinado proceso debe en primera instancia resolverse el incidente,
    • 17 de junio de 2014
    • En este sentido, es menester dejar establecido que, la autoridad competente para asumir el conocimiento y resolver los incidentes de extinción de la acción penal, ya sea por duración máxima del proceso o por prescripción, es el juez o Tribunal donde radica la causa principal,
    • 2º CONCEDER

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