Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2016-S3
Fecha: 13-Abr-2016
a)
Solicita se conceda la tutela disponiendo lo siguiente: a) Se extienda de forma inmediata toda la documentación legalizada referente al proceso de selección para el cargo de Encargado de Bibliotecas vía concurso de méritos, así como la tabla de resultados que le hacen ganador del mismo; y, b) Dejar sin efecto legal la anulación del proceso de selección y en tal efecto, se le declare oficialmente ganador del citado concurso procediéndose a su nombramiento como Encargado de Bibliotecas de la UATF.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- ningún acto procesal puede pretender que el órgano jurisdiccional esté a su disposición en forma indefinida, sino que sólo podrá estarlo dentro de un tiempo razonable
- el principio de preclusión de los derechos para accionar
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte