Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2016-S3

    Fecha: 13-Abr-2016

    II.9.

    II.9.  Mediante nota presentada el 28 de agosto de 2015, el ahora accionante, solicitó al Vicerrector de la UATF, el acta del examen interno que rindió para el cargo de Encargado de Bibliotecas y la regularización de su caso en el marco del respeto a la carrera administrativa y normativa legal vigente. Nota que fue derivada a la Unidad de Asesoría Jurídica por providencia de 31 del mismo mes y año (fs. 51 y 52 del anexo 1).

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
    • ningún acto procesal puede pretender que el órgano jurisdiccional esté a su disposición en forma indefinida, sino que sólo podrá estarlo dentro de un tiempo razonable
    • el principio de preclusión de los derechos para accionar
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en parte

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca