Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2016-S3
Fecha: 20-Abr-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 03/15 de 16 de diciembre de 2015, cursante de fs. 362 a 365, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Gerardo Antelo Flores en representación legal de la Agencia Despachante de Aduana “Mamoré” contra José Alberto Blacud Morales, Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Agencia Despachante de Aduana MAMORÉ
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la notificación en Secretaría con el Acta de intervención contravencional y con la Resolución Determinativa en casos de contrabando
- I. Las Vistas de Cargo
- II.
- III.
- ARTICULO 90º (Notificación en Secretaria
- En el caso de Contrabando, el Acta de Intervención y la Resolución Determinativa serán notificadas bajo este medio
- III.2. Sobre el derecho del sujeto pasivo a ser informado al inicio y conclusión de la fiscalización
- III.3. Análisis del caso concreto
- no existe constancia de un conocimiento previo de la substanciación del procedimiento de fiscalización posterior o control diferido
- Control Diferido Regular
- ARTICULO 31.- (Requisitos para el inicio de los procedimiento de determinación total o parcial).
- sin que haya tenido conocimiento previo del inicio de la verificación
- CONFIRMAR