SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2016-S3

Fecha: 20-Abr-2016

II.2.

II.2.  A través de las Actas de Intervención Contravencional                            AN-GRLPZ-UFILR-AI-014/2009 y AN-GRLPZ-UFILR-AI-015/2009 ambas de 11 de diciembre, emitidos por la Gerencia Regional La Paz de la ANB, por las cuales se estableció la presunta comisión de contrabando contravencional, en contra de la Agencia Despachante “Mamoré” -hoy accionante- y otros, otorgándoles el plazo de tres días para presentar descargos, haciendo caso omiso; por lo que, José Alberto Blacud Morales, Gerente Regional La Paz de la ANB -hoy demandado- emitió las Resoluciones sancionatorias AN-GRLGR-ULELR 060/12 y AN-GRLGR-ULELR 059/12 de 14 de agosto de 2012, que declaró probada la comisión de contravención aduanera de contrabando contra la Agencia Despachante hoy accionante y otros, por haber subsumido su conducta en los art. 160.1 y 181 incs. a), b), c) y f) del CTB; asimismo, se dispuso el decomiso definitivo de la mercadería así como su secuestro considerando que la misma no se encuentra dentro de recinto aduanero; actuados con los que fue notificada la parte accionante en Secretaría de la Administración Aduanera el 6 de junio y el 3 de octubre ambos de 2012 (fs. 43 a 50, 55 y 60 a 64 del anexo 1; y, 42 a 49, 54 y 59 a 63 del anexo 2).