SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2016-S3
Fecha: 20-Abr-2016
II.2.
II.2. A través de las Actas de Intervención Contravencional AN-GRLPZ-UFILR-AI-014/2009 y AN-GRLPZ-UFILR-AI-015/2009 ambas de 11 de diciembre, emitidos por la Gerencia Regional La Paz de la ANB, por las cuales se estableció la presunta comisión de contrabando contravencional, en contra de la Agencia Despachante “Mamoré” -hoy accionante- y otros, otorgándoles el plazo de tres días para presentar descargos, haciendo caso omiso; por lo que, José Alberto Blacud Morales, Gerente Regional La Paz de la ANB -hoy demandado- emitió las Resoluciones sancionatorias AN-GRLGR-ULELR 060/12 y AN-GRLGR-ULELR 059/12 de 14 de agosto de 2012, que declaró probada la comisión de contravención aduanera de contrabando contra la Agencia Despachante hoy accionante y otros, por haber subsumido su conducta en los art. 160.1 y 181 incs. a), b), c) y f) del CTB; asimismo, se dispuso el decomiso definitivo de la mercadería así como su secuestro considerando que la misma no se encuentra dentro de recinto aduanero; actuados con los que fue notificada la parte accionante en Secretaría de la Administración Aduanera el 6 de junio y el 3 de octubre ambos de 2012 (fs. 43 a 50, 55 y 60 a 64 del anexo 1; y, 42 a 49, 54 y 59 a 63 del anexo 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Agencia Despachante de Aduana MAMORÉ
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la notificación en Secretaría con el Acta de intervención contravencional y con la Resolución Determinativa en casos de contrabando
- I. Las Vistas de Cargo
- II.
- III.
- ARTICULO 90º (Notificación en Secretaria
- En el caso de Contrabando, el Acta de Intervención y la Resolución Determinativa serán notificadas bajo este medio
- III.2. Sobre el derecho del sujeto pasivo a ser informado al inicio y conclusión de la fiscalización
- III.3. Análisis del caso concreto
- no existe constancia de un conocimiento previo de la substanciación del procedimiento de fiscalización posterior o control diferido
- Control Diferido Regular
- ARTICULO 31.- (Requisitos para el inicio de los procedimiento de determinación total o parcial).
- sin que haya tenido conocimiento previo del inicio de la verificación
- CONFIRMAR