SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2016-S3

Fecha: 20-Abr-2016

III.1. Sobre la notificación en Secretaría con el Acta de intervención contravencional y con la Resolución Determinativa en casos de contrabando

El accionante alega que el art. 90 del CTB que establece que el Acta de Intervención y la Resolución Determinativa emitidas en procesos de contrabando, deben ser notificadas en Secretaría, siendo contradictorio con el art. 84 del mismo cuerpo legal, que indica que los actos administrativos que impongan sanciones deben notificarse de manera personal, conforme además a los fundamentos señalados en la SCP 0746/2015-S2 de 6 de julio; siendo necesario en primera instancia establecer claramente que prevén estos artículos.