AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2016-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2016-O

Fecha: 09-May-2016

II. 6

II. 6 Por memorial presentado el 1 de abril de 2016, Adonay Cuéllar Vaca, solicitó a la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, ordenar al viceministro de Tesoro y Crédito Público, para que de inmediato de cumplimiento a la SCP 0849/2015-S2, tomando en cuenta que los argumentos con los que se niegan a dar cumplimiento a la referida Sentencia Constitucional Plurinacional, no son válidos, máxime si el Banco Unión S.A., a simple solicitud de las autoridades administrativas bloqueó las cuentas del SINEC, conducta que constituye incumplimiento a lo dispuesto por la jurisdicción constitucional; consiguientemente, solicitó la habilitación de firmas en favor de Inés Carola Añez Chávez, Gerente General de la entidad aseguradora (fs. 328 a 329 vta.).

El impetrante en su condición de Presidente del Directorio del SINEC, solicita cumplimiento de la SCP 0849/2015-S2, por cuanto el Banco Unión S.A., a simple petición del Viceministro de Tesoro y Crédito Público, suspendió las firmas de la Gerente General del SINEC, incumpliendo así lo ordenado por la Sentencia Constitucional Plurinacional, cuyo cumplimiento se solicita.