DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2016
Fecha: 09-May-2016
“Artículo 138. (Organismo Municipal de Transparencia y Lucha contra la Corrupción)
III. Los ciudadanos y ciudadanas del Municipio de Torotoro, no deberán tolerar ningún tipo de los actos de corrupción, tanto en la administración pública municipal, como en el manejo y conducción de las organizaciones sociales e instituciones existentes en el Municipio, debiendo denunciar ante las instancias correspondientes las irregularidades detectadas. En caso de no hacerlo su silencio será considerado acto de complicidad de la corrupción.
III. Los ciudadanos y ciudadanas del Municipio de Torotoro, no deberán tolerar ningún tipo de los actos de corrupción, tanto en la administración pública municipal, como en el manejo y conducción de las organizaciones sociales e instituciones existentes en el municipio, debiendo denunciar ante las instancias correspondientes las irregularidades detectadas.
- I.1. Contenido de la consulta
- II. CONCLUSIÓN
- III.1. Sobre las adecuaciones en el control de constitucionalidad
- III.2. Análisis de compatibilidad
- compatibilidad
- 6) Principio de Participación y Control Social.
- 6)
- “Artículo 14.
- incompatibilidad
- “Artículo 16. (Revalorización de las Autoridades Tradicionales)
- “Artículo 19. (Procedimiento de Elección de las Autoridades Electas del Gobierno Autónomo Municipal)
- “Artículo 21. (Posesión de Autoridades Electas)
- “Artículo 24. (Renuncia)
- “Artículo 25. (Incompatibilidad)
- II.
- a) Leyes Municipales
- a) Decretos Municipales
- “Artículo 32. (Atribuciones del Concejo Municipal)
- “Artículo 37. (Concejalas y Concejales Suplentes)
- “Artículo 41. (Normas Municipales emitidas por el Concejo Municipal)
- “Artículo 42. (Leyes Municipales)
- I.
- Artículo 43. ELIMINADO
- III.
- “Artículo 47. (Reconsideración)
- Artículo 47. ELIMINADO
- Artículo 51. (Atribuciones de la Alcaldesa o el Alcalde Municipal)
- numeral 37 del art. 51
- Artículo 52. (Suplente de la
- Fragmento 30
- parágrafo I
- “Artículo 54. (Subalcaldesas y Subalcaldes)
- Provisorios
- “Artículo 56. (Clasificación de las Servidoras y los Servidores Públicos)
- “Artículo 69. (Transferencia y delegación de Competencias)
- “Artículo 83. (Ordenamiento Territorial)
- “Artículo 86. (Caminos)
- “Artículo 93. (Medio Ambiente)
- numeral 15
- numeral 16
- “Artículo 95. (Áreas Protegidas y Parque Nacional Torotoro)
- “Artículo 95. (Áreas Protegidas Municipales)
- arts. 97.V inc. 5), VI incs. 2) y 3)
- Artículo 102. (Bienes de Régimen Mancomunado)
- Artículo 104. (Uso Temporal de Bienes de Dominio Público)
- Artículo 105. (Donación y Negocios Jurídicos)
- Artículo 105. ELIMINADO
- inciso 3)
- inciso 4)
- “Artículo 111. (Transferencias de Recursos.)
- “Artículo 112. (Participación de las Regalías)
- “Artículo 117. (Fiscalización Interna de la Gestión Municipal)
- “Artículo 118. (Control Social)
- “Artículo 122. (Instrumentos de Planificación)”
- “Artículo 138. (Organismo Municipal de Transparencia y Lucha contra la Corrupción)
- Artículo 141. ELIMINADO
- “Artículo 143. (Reforma de la Carta Orgánica)
- 3º