DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2016

Fecha: 09-May-2016

Fragmento 30

II. En caso de ausencia definitiva por renuncia, muerte o incapacidad permanente de la Alcaldesa o el Alcalde Municipal, antes de haber transcurrido dos años y medio de gestión municipal, se designará como Alcaldesa interina o Alcalde interino a un miembro del Concejo Municipal electo por dos tercios de votos del total de sus miembros, el mismo que deberá convocar a nuevas elecciones.  En caso de haber transcurrido más de dos años y medio de la gestión municipal, se designará como Alcaldesa o Alcalde un miembro del Concejo Municipal elegido conforme se determina en el parágrafo anterior, quien deberá presidir el Órgano Ejecutivo hasta la conclusión de la gestión municipal”.