DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2016

Fecha: 09-May-2016

“Artículo 24. (Renuncia)

Las autoridades electas Concejalas, Concejales, Alcaldesa o Alcalde, así como las otras autoridades municipales, servidoras y servidores públicos, podrán cesar sus funciones de manera voluntaria por renuncia al cargo. Las autoridades electas deberán presentar su renuncia al cargo de forma personal y escrita ante el Órgano Electoral,  adjuntando informe detallado de las funciones y actividades desempeñadas. Con la documentación que acredite la presentación de la renuncia ante el Órgano Electoral, deberá formalizar su renuncia ante el Concejo Municipal”.

Las autoridades electas Concejalas, Concejales, Alcaldesa o Alcalde, así como las otras autoridades municipales, servidoras y servidores públicos, podrán cesar sus funciones de manera voluntaria por renuncia al cargo. Las autoridades electas deberán presentar su renuncia al cargo de forma personal y escrita ante el Órgano Electoral, con la documentación que acredite la presentación de la renuncia ante el Órgano Electoral, deberá formalizar su renuncia ante el Concejo Municipal”.