DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2016

Fecha: 09-May-2016

“Artículo 37. (Concejalas y Concejales Suplentes)

II. Las Concejalas  y los Concejales suplentes, no podrán ejercer  funciones  en la administración pública de su propio Gobierno Autónomo Municipal.  Sin embargo a fin de conocer los requerimientos de la población ha momento de asumir el cargo, deberán asistir mínimamente a las sesiones fijadas en sus Distritos.