SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
II.3.
II.3. Cursa el certificado de 24 de junio de 2015, de actualización de matrícula de comercio, Roberto Mustafá Sáenz, Gerente de Área Accidental de Registro de Comercio en la Fundación para el Desarrollo Empresarial (FUNDEMPRESA), que indica que cumplidas con las formalidades requeridas por el Código de Comercio y registrada la actualización de la matrícula de la citada empresa, puede ejercer su actividad comercial en su rubro, registro válido hasta el 31 de mayo de 2016 (fs. 3 a 4). Asimismo, mediante Registro de Comercio de 24 de junio del citado año, emitido por el Gerente de Aérea Occidental de Registro de Comercio, da cuenta que se hizo el balance de gestión registrado el 19 de junio de 2015 de la indicada Empresa (fs. 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concede en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.
- Fragmento 20
- III.2. Sobre el derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- se encuentra en trámite
- que se
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- concedido en parte
- Fragmento 28