SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
II.6.
II.6. El 2 de diciembre de 2015, Williams Franklin García Magne, mediante memorial dirigido a Alfredo Miguel Villca Conde, Comandante Nacional de la Dirección Nacional de Autorización y Control de Empresas Privadas, puso a su conocimiento los actos irregulares; en los que solicitó se deje sin efecto las notificaciones, en la que le pedían que ya no trabaje como empresa de seguridad y vigilancia privada y otra notificación, a través de la cual le instaron a presentar documentación que se encuentra en trámite, por ello, indicó que existe silencio administrativo, puesto que, pese haber presentado memoriales, la Jefatura de Control de Empresas de Seguridad Privada Oruro no pronunció ninguna resolución administrativa, menos se lo notificó, para ejercitar su derecho a la defensa (fs. 13 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concede en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.
- Fragmento 20
- III.2. Sobre el derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- se encuentra en trámite
- que se
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- concedido en parte
- Fragmento 28