SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

1)

Eddy Mejía Montaño y Jimy Rudy Siles Melgar, Vocales de la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante informe escrito de fs. 136 a 140, informan: 1) El Auto de Vista de 10 de agosto de 2015, contiene la fundamentación y congruencia necesaria, y no vulnera derecho alguno de los accionantes; y, 2) Lo que pretenden los impetrantes de tutela es revisar y/o anular actuaciones procesales equiparando a la acción de amparo constitucional con un recurso de casación y al efecto, citan y transcriben varias Sentencias Constitucionales que sostienen que dicha acción constitucional no puede ser utilizada como un medio más de impugnación y sobre la interpretación de la legalidad ordinaria.