Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
II.1.
II.1. El derecho propietario que les asiste a los ahora accionantes, se encuentra contenido en la Escritura Pública de compra venta de inmueble que otorga Tito Pérez López y Gaby Ríos de Pérez a favor de Carlos Aliaga Uria y Anna Hosbein de Aliaga, el 14 de julio de 1994, registrado bajo la foja y partida 3148 del Libro Primero de Propiedad de Quillacollo, el 16 de julio de 1994 (fs. 61 a 63 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II
- III.1. Sobre el derecho a la propiedad
- III.2. De la tutela judicial efectiva o derecho de acceso a la justicia como elemento esencial del debido proceso, vinculados con la protección constitucional del derecho a la propiedad
- III.3. Análisis del caso concreto
- 3° Disponer