Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2016-S3
Fecha: 09-May-2016
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular contra María Elena Reque Gil -ahora accionante- y otros, por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias, incumplimiento de deberes, falsedad ideológica de documento y otros, Claudio Torrez Fernández, Leonardo Gutiérrez Mendieta y Carlos Alejandro Espinoza Ramírez, Jueces Técnicos el Tribunal Séptimo de Sentencia Penal del departamento de La Paz -hoy demandados-, el 17 de noviembre de 2015, emitieron la Resolución 162/2015 -Auto de apertura de juicio oral-, señalando audiencia de juicio oral público para el 22 de diciembre de igual año a horas 17:00 (fs. 120 a 121).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- b)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- Fragmento 13
- III.1. Mandamiento de aprehensión por declaratoria de rebeldía, mediante resolución debidamente motivada y fundamentada
- ante la justificación de inasistencia a un acto procesal presentada por el imputado -certificado médico particular o de médico forense-, deberá dictar una resolución debidamente motivada y fundamentada
- el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción,
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- en base a su prudente arbitrio se incline de forma motivada y fundamentada
- CONFIRMAR
- 3° Dejar sin efecto