Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2016-S3
Fecha: 09-May-2016
II.4.
II.4. En audiencia de 22 de diciembre de 2015 de apertura de juicio oral, los Jueces Técnicos del Tribunal antes referido emitieron el Auto de declaratoria de rebeldía a solicitud de la acusación particular, declarando rebeldes a la accionante y a otros, por la inasistencia a dicho acto procesal pese a su legal notificación, inobservando la justificación referida precedentemente, señalando que no correspondía considerarla toda vez que no señaló su domicilio procesal, ordenando al efecto se expida mandamiento de aprehensión en su contra entre otros aspectos (fs. 127 a 129).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- b)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- Fragmento 13
- III.1. Mandamiento de aprehensión por declaratoria de rebeldía, mediante resolución debidamente motivada y fundamentada
- ante la justificación de inasistencia a un acto procesal presentada por el imputado -certificado médico particular o de médico forense-, deberá dictar una resolución debidamente motivada y fundamentada
- el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción,
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- en base a su prudente arbitrio se incline de forma motivada y fundamentada
- CONFIRMAR
- 3° Dejar sin efecto