Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2016-S3
Fecha: 20-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que las autoridades hoy demandadas, al haber rescindido su contratación a plazo fijo PF391/2015 de 1 de julio, sin explicación alguna, afectaron su derecho a la estabilidad laboral, al trabajo y al salario justo, constituyendo dicho accionar en un despido injustificado; por lo que, acudió a la Jefatura Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, instancia que expidió la Conminatoria de reincorporación JDTSC/CONM 110/2015, ordenando a la autoridad demandada proceda a reincorporarla; empero, pese a su legal notificación, la misma que a la fecha de interposición de la presente acción de amparo constitucional, no fue cumplida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela
- desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR