DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016

Fecha: 26-Jul-2016

En consecuencia, al haberse previsto la promulgación de la ley por el Presidente o Presidenta del Concejo Municipal para ambos casos, se contradice lo señalado por el art. 162 de la CPE, aplicado el mismo en el presente caso por abstracción

En consecuencia, al haberse previsto la promulgación de la ley por el Presidente o Presidenta del Concejo Municipal para ambos casos, se contradice lo señalado por el art. 162 de la CPE, aplicado el mismo en el presente caso por abstracción (las negrillas nos pertenecen) por lo que corresponde declarar la incompatibilidad del parágrafo V del art. 38 del proyecto adecuado de la Carta Orgánica Municipal” (las negrillas corresponden al texto original).