Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0115/2016 de 18 de agosto; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0115/2016 de 18 de agosto; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 18-Ago-2016

ARTÍCULO 123.- Seguridad ciudadana.

IV. El Gobierno Autónomo Municipal en coordinación con la Policía Boliviana y las Fuerzas Armadas, implementará el Plan de Seguridad Ciudadana Municipal y adoptara las medidas necesarias para garantizar la seguridad de niños, niñas y adolescentes; jóvenes, hombres, mujeres, personas con discapacidad y personas adultas mayores”.