Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
Fragmento 19
Razonamiento constitucional que constituye en los hechos un cambio de línea efectuado al entendimiento asumido por la SC 0474/2011-R de 18 de abril, respecto al retiro de un servidor público provisorio cuando se invocaba una causal; ratio decidendi a la que este Tribunal arribó en el caso resuelto por la mencionada Sentencia Constitucional Plurinacional, previo análisis de la normativa constitucional y legal que rige a los servidores públicos para luego arribar a la conclusión de que los similares pero provisorios no cuentan con estabilidad laboral y pueden ser retirados sin que medie excusa, se invoque la comisión de alguna falta o se otorgue explicación sobre causal de despido o remoción.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- las supuestas lesiones a los derechos fundamentales y garantías constitucionales deben ser reparadas en la jurisdicción ordinaria, y sólo en defecto de ésta,
- Fragmento 17
- dada su condición de servidora pública provisoria,
- Fragmento 19
- III.3.
- CONFIRMAR en todo