Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
Fragmento 21
En ese orden, mediante Resolución de recurso jerárquico 013 de 10 de agosto de 2015, el Gerente General de la CNS, resolvió confirmar la Resolución de recurso de revocatoria de 21 de mayo de 2015 y en consecuencia mantener firme y subsistente la sanción de destitución, instruyendo que a través de la sumariante de la Administración Regional Santa Cruz, se proceda a legalizar los antecedentes del proceso administrativo para su remisión a los Departamentos Nacional Jurídico y de Auditoría para el inicio del proceso penal correspondiente y la instalación de la auditoria respectiva.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. La motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales, administrativas o cualesquiera otras, como una exigencia constitucional
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- CONFIRMAR en todo