SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2016-S3

Fecha: 15-Ago-2016

1)

Veimar Hugo Rojas Méndez, Katty Luz Giovana Torres Arellano y Waldin Rafael Robles Villalpando, miembros de la Comisión de Régimen Disciplinario de la ANAPOL a través de su representante legal, por informe de 11 de mayo de 2016, cursante de fs. 122 a 127, y en audiencia, señalaron lo siguiente: 1) Se notificó al accionante con el plan de investigaciones como es norma y se lo citó para que este realice su declaración informativa en tres oportunidades, a las cuales no se hizo presente, dilatando de esta manera el procedimiento, por lo tanto no se coartó el derecho a la defensa; toda vez que, se aceptó una prórroga para que realice su declaración; por otra parte, el investigador asignado realizó un informe en el cual no se evidencia prueba, demostrando la misma posteriormente en la ampliación, momento en el cual se arrojó como resultado un certificado emitido por el SERECI en el que se demostró que el procesado -hoy accionante- contrajo matrimonio; y, 2) El accionante al ingresar a la ANAPOL el 2009, firmó un contrato de compromiso de admisión y permanencia, por lo cual debe cumplir el régimen disciplinario establecido, ya que en el presente caso se debe entender a este tipo de educación como de régimen especial.