SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2016-S3

Fecha: 24-Ago-2016

Adecuación de los Estatutos a la ley

El art. 1 sostiene: “Adecuación de los Estatutos a la ley. En cumplimiento de la Ley del Ejercicio de la Abogacía No 387 de 09 de julio de 2013, se procede a la adecuación de los Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de santa Cruz, y su concordancia con la Constitución Política del Estado” (las negrillas nos corresponden).

Asimismo, el art. 25.10 del Estatuto, indica entre una de las atribuciones del Directorio la de: “Velar para que los Abogados (as) puedan ejercer su profesión con independencia y libertad, amparándoles cuando se menoscabe o pueda menoscabar dichos principios con quebranto o riesgo de quebranto del derecho de defensa y desarrollando, en dicho amparo, las acciones que se estimen adecuadas para preservar la dignidad de la Abogacía y el derecho fundamental de defensa de los justiciables”.