SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2016-S2

Fecha: 26-Sep-2016

II.3.

II.3.  Mediante nota presentada de 12 de mayo de 2016, ante la Administración Aduanera Zona Franca Winner, Carlos Fuentes Castellón, representante legal de la Agencia Despachante de Aduanas Carlos Fuentes Castellón “BRUSELAS”, solicitó la anulación de las               DUIS C-4716/735/2016, C-4717/735/2016, y C-4718/735/2016, a su vez reexpedir las mismas a zona franca industrial; aduciendo que el 27 de abril del indicado año, fueron presentadas las mencionadas declaraciones, que por un error fueron validadas, cuando tenían que ser reexpedidas a zona franca industrial para su nacionalización; en mérito a lo cual, mediante proveído de la misma fecha, declaró improcedente la anulación solicitada, por cuanto conforme el párrafo tercero del punto diez de la Resolución de Directorio 01-001-08 de 17 de enero de 2008, que aprueba el Instructivo para el Desistimiento, Corrección y Anulación de Declaraciones de Mercancías, la anulación procederá una vez ejecutoriada la resolución administrativa que así lo disponga; por otra parte, señaló que las DUIS mencionadas, se encontraban con proceso administrativo, Actas de Intervención Contravencional de 3 de mayo, que hasta la fecha no concluyó; notificándose el 16 del citado mes y año, mediante cédula a la Agencia Despachante de Aduanas Carlos Fuentes Castellón “BRUSELAS” (fs. 258 a 269).