SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2016-S3

Fecha: 19-Sep-2016

II.4.

II.4.  Por providencia de 18 de diciembre de 2013, Corali Silvia Raquel Cuellar Rodríguez, Jueza Quinta de Partido de Familia -ahora Jueza Pública de Familia Quinta- del departamento de Santa Cruz -hoy codemandada-, en relación al pedido de saneamiento procesal dispuso “Traslado” (fs. 8); posteriormente, por Auto 1/2014 de 7 de enero, rechazó el pedido efectuado por el ahora accionante, señalando que conforme a los antecedentes del proceso, la Sentencia 165/96 de divorcio y Auto de Vista 1/2014 confirmatorio, se determinó que el bien inmueble es ganancial y se dispuso su partición en un 50% para cada conyugue; en consecuencia, considerar el pedido de saneamiento procesal en los términos expuestos, significaría modificar dichos fallos que se encuentran ejecutoriados y tienen calidad de cosa juzgada          (fs. 10 y vta.). Determinación judicial que fue notificada al demandado -hoy accionante- el 21 de febrero de 2014 (fs. 14).