SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 19-Oct-2017

i)

El constitucionalismo boliviano emergente de los movimientos sociales protagonizados por las naciones y/o pueblos indígena originario campesino junto a otros actores del pueblo boliviano, en busca de la transformación del Estado monocultural hacia el Plurinacional, tiene como principales características: i) La constitucionalización de la libre determinación de las naciones y pueblos indígena originario campesinos (NPIOC), en el marco de la unidad del Estado, que entre otros implica el derecho a su autonomía, el autogobierno, el derecho a su identidad cultural individual y colectiva, el respeto y ejercicio de sus instituciones económicas, políticas, sociales, jurídicas, y la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a la Constitución Política del Estado y los instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos (DD.HH.); ii) El reconocimiento de la pluralidad de valores y principios, entre ellos los provenientes de los saberes ancestrales de las NPIOC, que habitaron y habitan el territorio boliviano; iii) La organización funcional y territorial del Estado con autonomías y descentralización, con la finalidad asumir el deber de: “…Constituir una sociedad justa y armoniosa e equilibrada, respetando el principio de la diversidad cultural, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales”, para la búsqueda del vivir bien; y, iv) El establecimiento del pluralismo jurídico igualitario, complementario, colaborativo y no invasivo, que se constituye en la garantía para la vigencia y respeto de los diferentes sistemas jurídicos vigentes en Bolivia, sean de carácter escrito u oral, cuya producción normativa obedece a fuentes propias.

El Estado Constitucional de Derecho Plurinacional Comunitario, conlleva también, la aplicación extensiva y progresiva de los derechos económicos, sociales y culturales, con el propósito de constituir y consolidar una sociedad con diversidad cultural, justa y armoniosa, descolonizada y sin ninguna discriminación ni explotación.