SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Fecha: 19-Oct-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El Jiliri Mallku del Concejo del Gobierno Originario del Suyu Jatun Killaka Asanajaqi de la provincia Eduardo Avaroa del departamento de Oruro, después de agotar el procedimiento previo de reclamo sobre ejercicio jurisdiccional; mediante memorial presentado ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, el 10 de abril de 2017, planteó el conflicto de competencia contra el Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata, solicitando que dicha autoridad se aparte del conocimiento del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Sonia Titi Villca, contra Justino Villca Titi y Olimpia Lipiri de Villca, por la presunta comisión de los delitos de “Violencia Familiar o Doméstica” y “Amenazas”, y se remita los antecedentes del mismo a su jurisdicción IOC.
En dicho contexto, corresponde dilucidar el conflicto de competencias suscitados entre la jurisdicción IOC y la ordinaria en materia penal y establecer cuál de las autoridades es competente para resolver la controversia de los hechos ocurridos el 8 de marzo de 2014 en la comunidad de Machohoca- Churacani.
- I.1. Contenido del memorial que inició el conflicto de Competencia
- I.2. Hechos que motivan el conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.3. Actuados en la Fiscalía y el Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata del departamento de Oruro
- rechazó
- I.4. Petitorio
- I.5. Admisión
- I.6 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.2. El reconocimiento constitucional del principio del pluralismo jurídico igualitario
- III.3. Naturaleza jurídica del conflicto de competencias jurisdiccionales
- III.4. La jurisdicción y su ejercicio en el Estado Plurinacional
- III.5. La jurisdicción y competencias de las autoridades indígena originaria campesina (Jurisprudencia reiterada)
- 1)
- “… o cuyos efectos se producen dentro de la jurisdicción de un pueblo indígena originario campesino.”
- III.6. Análisis del caso concreto
- a)
- 1° COMPETENTE
- 2° Disponer