SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1066/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1066/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional

La SCP 0657/2014 de 25 de marzo, desarrollando la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional, expresó que: ”La acción de amparo constitucional, instituida por el art. 128 de la CPE, es una acción de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley. Así, el art. 129.I de la CPE, establece: ’La Acción de Amparo Constitucional se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados…‘. En esa línea, la SCP 0002/2012 de 13 de marzo, señaló que: ’…la acción de amparo constitucional es un mecanismo de defensa jurisdiccional, eficaz, rápido e inmediato de protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, cuyo ámbito de protección se circunscribe respecto de aquellos derechos fundamentales y garantías, que no se encuentran resguardados por los otros mecanismos de protección especializada que el mismo orden constitucional brinda a los bolivianos, como la acción de libertad, de protección de privacidad, popular, de cumplimiento, etc. Asimismo, desde el ámbito de los actos contra los que procede, esta acción se dirige contra aquellos actos y omisiones ilegales o indebidos provenientes no sólo de los servidores públicos sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección‘.

Entonces, conforme a la jurisprudencia citada, la acción de amparo constitucional, es un medio de protección rápido y efectivo para la tutela adecuada de los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y la ley, contra actos u omisiones ilegales o indebidas, cometidos por los servidores públicos o personas particulares que los restrinjan, supriman o amenacen de restricción o supresión“.