SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2017-S3
Fecha: 18-Oct-2017
una vez transcurrido el lapso señalado,
En ese entendido, de manera inmediata el 24 de agosto de 2017, en virtud a la SCP 0352/2017-S2 de 3 de abril, solicitó se emita mandamiento de libertad, toda vez que dicha Sentencia Constitucional Plurinacional establece que: “…una vez transcurrido el lapso señalado, sin que el fiscal departamental se haya pronunciado en cualquiera de sus formas, el juez a cargo del proceso, dispondrá de oficio o a petición de parte la libertad inmediata del imputado sobreseído…” (sic), y aun así la autoridad judicial demandada fijó audiencia para el 31 del citado mes y año, la cual también fue suspendida bajo el pretexto de no encontrarse el Secretario del Juzgado, emitiendo de oficio un decreto con nuevo señalamiento de audiencia para el 6 de septiembre de ese año a horas 9:40, misma que también fue suspendida refiriendo la citada autoridad: ‘“QUE NO PUEDE LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA DEBIDO A QUE SE ENCONTRARÍA DE LUTO Y QUE SOLO ESTABA LLEVANDO LAS AUDIENCIAS CON APREHENDIDOS”’ (sic), siendo una excusa insulsa y vana, cuando se encuentra detenido ilegalmente, existiendo una Resolución de Sobreseimiento desde junio del indicado año.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- DEBIA REMITIRSE LA RESOLUCION DE SOBRESEIMIENTO ANTE LA FISCALIA DEPARTAMENTAL Y LUEGO DE ESO DISPONDRIA LO QUE EN DERECHO CORRESPONDIERA
- que debía esperar que se emita la Resolución Departamental para que considere mi solicitud
- una vez transcurrido el lapso señalado,
- a)
- Fragmento 7
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- III.2. Sobre la celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- III.3.
- primera problemática planteada
- segunda problemática
- audiencia de 23 agosto de 2017
- indebida suspensión de esta audiencia
- QUE NO PUEDE LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA DEBIDO A QUE SE ENCONTRARÍA DE LUTO Y QUE SOLO ESTABA LLEVANDO LAS AUDIENCIAS CON APREHENDIDOS
- tercera problemática
- SCP 1206/2012 de 6 de septiembre
- CONFIRMAR