SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2017-S1
Fecha: 12-Oct-2017
I.1.3. Petitorio
Solicitan se conceda la tutela, se disponga la nulidad del Auto de Vista de 29 de noviembre de 2016 y se pronuncie uno nuevo conforme a los fundamentos expuestos, en atención a los agravios deducidos en el recurso de apelación, debiendo disponerse la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, se deje sin efecto la Sentencia de 28 de noviembre de 2011, la Resolución de 13 de enero y el Auto de Vista 29 de noviembre de 2016; asimismo, de manera expresa se disponga la nulidad del remate del inmueble y posterior Auto de adjudicación del mismo; y, finalmente, se determine la responsabilidad civil y penal, y se proceda a la calificación de daños y perjuicios y la consiguiente remisión de antecedentes al Ministerio Público.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 20
- III.1.
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR