SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2017-S1

Fecha: 12-Oct-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes estiman que las autoridades judiciales demandadas vulneraron sus derechos al debido proceso en sus elementos debida fundamentación, motivación y congruencia, a la defensa y a la tutela judicial efectiva, al considerar que como consecuencia de una notificación con la aprobación de remate, se enteró que su bien inmueble fue rematado y adjudicado; sin embargo, jamás tomó conocimiento de la demanda, el auto de intimación de pago y otros actuados procesales inherentes a la demanda ejecutiva, ya que dichas diligencias fueron realizadas de manera irregular por el demandante en concomitancia con el Oficial de diligencias; en consecuencia, interpuso incidente de nulidad alegando indefensión por desconocimiento del proceso; empero, la autoridad judicial rechazó la petición de nulidad, con el argumento que lo resuelto en Sentencia no era susceptible de modificación; posteriormente, al considerar lesivo a sus derechos fundamentales dicha determinación judicial, interpuso recurso de apelación que fue resuelto por los Vocales ahora demandados, determinación que confirmó la decisión de su inferior, con el argumento que los cuestionamientos formulados por el incidentista debieron ser planteados oportunamente y que la ejecución de lo resuelto en una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, no podría ser modificada por ningún recurso ordinario ni extraordinario.